Libro habilitado por la autoridad laboral en el que el contratista debe reflejar, por orden cronológico desde el comienzo de los trabajos, todas y cada una de las subcontrataciones realizadas en la obra con empresas subcontratistas y trabajadores autónomos. Sirve para realizar el control y seguimiento del régimen de subcontratación.
Libro habilitado por la autoridad laboral en el que el contratista debe reflejar, por orden cronológico desde el comienzo de los trabajos, todas y cada una de las subcontrataciones realizadas en la obra con empresas subcontratistas y trabajadores autónomos. Sirve para realizar el control y seguimiento del régimen de subcontratación.
Respecto del Libro de Subcontratación, el contratista deberá:
Tenerlo presente en la obra.
Mantenerlo actualizado.
Permitir el acceso al Libro a:
Promotor, a la dirección facultativa y al coordinador en seguridad y salud durante la ejecución de la obra.
Empresas y trabajadores autónomos de la obra.
Técnicos de prevención.
Delegados de prevención y representantes de los trabajadores de las empresas que intervengan en la obra.
Autoridad Laboral.
Conservarlo durante los cinco años posteriores a la finalización de su participación en la obra.